La compleja situación de acceso a la vivienda propia, y;

CONSIDERANDO:

Que en virtud de la responsabilidad que nos compete como representantes de los vecinos de nuestra comunidad, y con el propósito de solicitar información detallada respecto al Plan de Viviendas San Jorge Vivienda Propia;

 

Que el fundamento de esta solicitud radica en la crisis habitacional que atraviesa nuestra ciudad, situación que exige máxima transparencia y claridad en la gestión de los recursos públicos y en la implementación de políticas habitacionales;

 

Que este plan de viviendas obtuvo excelentes resultados a lo largo del tiempo, ayudando a cientos de sanjorgenses a llegar a su vivienda digna y propia, y ante la preocupación de la ciudadanía de desconocer el destino de los fondos que aportan de manera mensual muchos contribuyentes de la ciudad de San Jorge, ya que no se conocen sorteos realizados en el último tiempo;

 

Que por último se solicita que la información requerida sea remitida a este Honorable  Concejo Municipal en un plazo no mayor a 15 días hábiles, a fin de garantizar el debido análisis y seguimiento de las acciones realizadas en el marco del Plan de Viviendas San Jorge Vivienda Propia, siendo que es información básica y sencilla de informar y que hace a interés de toda una comunidad.

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su Propio Reglamento Interno, emite la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN

 

Art. 1°): Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que en el plazo de 15 días corridos desde la presente informe:

  1. Sorteos realizados desde el 10 de diciembre de 2023: a) Detallar cuántos sorteos de viviendas se han llevado a cabo en el marco del mencionado plan. b) Proveer la nómina de los adjudicatarios, especificando su carácter de titulares o suplentes. c) Adjuntar copia de las actas correspondientes a cada sorteo realizado.
  2. Destino de los fondos de los contribuyentes adheridos al plan desde la misma fecha del punto n° 1: a) Informar sobre el uso y destino de los fondos recaudados de los contribuyentes que participan en el plan. b) Especificar si dichos fondos están siendo utilizados exclusivamente para el desarrollo del programa habitacional o si han sido destinados a otros fines.

Art. 2°): Comuníquese, Publíquese, Dese Copia al Registro Municipal y Archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintisiete días del mes de Marzo de dos mil veinticinco. –

 

 

Sr. Andrés Rosetti                                                                      Sr. Facundo Blum

Secretario del H.C.M.                                                                 Presidente del H.C.M

Descargar legislación: Nº 790 Informe viviendas