V I S T O:

Que en el espacio donde funciona la subsecretaría de cultura, la dirección de deportes y la dirección de inclusión y accesibilidad, no cuenta con una rampa para sillas de ruedas, y;

CONSIDERANDO:

Que se trata de una dependencia pública, donde debería facilitar el acceso a todas las personas que tengan problemas o que utilicen silla de ruedas;

          Que en estas dependencias trabajan personas con movilidad reducida, lo cual se le dificulta el acceso a sus respectivos lugares de trabajo;

          Que si bien se utiliza la rampa para el ingreso de automóviles, no es una rampa con las condiciones para que ellos como cualquiera puedan hacerlo de forma fácil;

          Que si bien en las esquinas hay rampas de acceso, es imposible llegar hasta el ingreso de las oficinas públicas por contar con veredas de distintos niveles de altura;

          Que las rampas han sido creadas para permitir el acceso más cómodo a usuarios de silla de ruedas, andadores, coches de niños.

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 y su Propio Reglamento Interno, emite la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACIÓN

Art. 1º): Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal que, por medio de la Secretaría de Obras Públicas, construya un mejorado en el acceso ya existente, para facilitar el ingreso y egreso de quien lo requiera.

Art. 2º): Comuníquese, Publíquese, Dése Copia al Registro Municipal y Archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los un día del mes de Setiembre de 2022.-

            Sr. Andrés Rosetti                                                              Sr. Gustavo Paschetta

           Secretario del H.C.M                                                         Presidente del H.C.M.

 

 

Descargar legislación: Nº 769 Rampa Casa de la Cultura