VISTO:

Los 30 años del Hermanamiento de la Ciudad de San Jorge, Argentina y la Ciudad de Cavallermaggiore, Italia;

CONSIDERANDO:

Que en fecha 02 de junio del 1994 el Agente Consular de Italia en San Jorge Dr. Miguel Ángel Durando, hizo llegar copia de la “Delíbera” N° 18/94 del Municipio de CAVALLERMAGGIORE por la cual se resolvió dar inició a las gestiones para el “GEMELLAGIO” con nuestra Ciudad de San Jorge.

Que posteriormente, por medio de la Ordenanza n° 895 del 07 de junio de 1994 se declaró “Hermana de San Jorge a la Ciudad de CAVALLERMAGGIORE de la Provincia de CUNEO, en ITALIA”, reafirmando así, los lazos de amistad que nos unen con la patria de nuestros antepasados y para contribuir de dicha manera con una mayor relación cultural, social, económica, y deportiva entre ambas ciudades.

Que en fecha 03 de mayo de 1996 por medio de la Ordenanza N° 982 se constituyó el COMITÉ PERMANENTE DE HERMANANMIENTO quien se encuentra a cargo de la organización de actos, recepciones y demás protocolos para recibir las delegaciones oficiales del hermanamiento en concordancia con la FEDERACIÓN DE COMUNIDADES HERMANADAS DEL CENTRO OESTE SANTAFESINO.

Que en el año 1998 se realizó el primer intercambio de jóvenes a la Ciudad Hermanada donde participaron los estudiantes Sanjorgenses: Sra. Daniela Albertengo, Sra. Maria Celeste Bolatti, Sra. Jimena Aragno, y Sra. Andrea Bassano. Posteriormente en el año 2000 viajó una buena delegación de estudiantes de nuestra ciudad: Sra. Juliana Albertengo, Sra. Romina Biancotti, Sra. Nuria Otaduy, Sra. Liza Támara Rivero Ruiz, y Sr. Federico Scarinzi, ambos grupos a cargo de la Sra. Amalia Barrera como coordinadora y responsable de grupo.

Que desde entonces ambas ciudades han mantenido un trato fraternal de hermanamiento y vínculo continuo, donde se realizaron distintas visitas a nuestra ciudad de autoridades provenientes de dicha localidad italiana.

Que en el año 2024 se celebran los 30 años del hermanamiento de nuestra ciudad con la de Cavallermaggiore, por lo que creemos propicio declararlo como año del hermanamiento de ambas ciudades.

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su Propio Reglamento Interno, emite la siguiente:

 

RESOLUCION

 

Art.1º): Declárase el Año 2024 como el “AÑO DEL HERMANAMIENTO DE SAN JORGE – CAVALLERMAGGIORE”.

Art.2º): En toda correspondencia que emane de esta Municipalidad, se colocará en su epígrafe la Leyenda: “2024 – 30 ANIVERSARIO DEL HERMANAMIENTO SAN JORGE – CAVALLERMAGGIORE”.

Art.3º): Invítese al Comercio, Industrias e Instituciones de nuestra Ciudad a participar de este Homenaje, insertando también en su correspondencia la leyenda citada en el Art.2º de la Presente.

Art.4º): Comuníquese, Publíquese, Dese Copia al Registro Municipal y Archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintiséis días del mes de Marzo de dos mil veinticuatro.-

 

 

 

 

Sr. Andrés Rosetti                                                             Sr. Gustavo Paschetta

Secretario del H.C.M.                                                         Presidente del H.C.M.

Descargar legislación: Nº 767 Epigrafe HERMANAMIENTO