VISTO:
El Decreto Nº 4306 sobre la Ordenanza Nº 2289 sancionada por el Honorable Concejo Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que por la misma se deroga la ordenanza Nº 2246 de fecha 1º de noviembre de 2018 y se ordena destinar el monto de Doscientos Veinticinco Mil Pesos ($225.000.-)a la escuela de Educación Técnica Profesional Nº 475 para la construcción de una Sala de Proyección;
Que la misma crea una renta especifica sin tener claridad sobre cuál va a ser el financiamiento de dicha renta;
Que cabe recordar que dicha Institución Educativa cuenta con el Fondo de Asistencia Educativa (FAE) el cual tiene como finalidad asegurar el mantenimiento, ampliación y construcción de todos los edificios escolares de propiedad provincial, municipal o comunal cuya ejecución no lleve a cabo el Poder Ejecutivo por intermedio de los organismos correspondientes y contribuir al equipamiento de las escuelas ubicadas en su jurisdicción;
Que el Departamento Ejecutivo Municipal consideras innecesaria la sanción de esta norma ya que sin ella la Institución puede recibir el dinero necesario para llevar a cabo el proyecto planteado.
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, y su Propio Reglamento interno, emite la siguiente:
RESOLUCIÓN
Art.1º): Confírmese el Veto a la Ordenanza Nº 2289 de fecha 28 de noviembre de 2019 por los motivos expuestos en los Considerandos de la Presente, conforme a lo prescripto por el Art. 41 Inc.6 de la Ley Nº 2756 Orgánica de Municipalidades y Comunas de la Provincia de Santa Fe.
Art. 2º): Comuníquese, Publíquese, Dese Copia al Registro Municipal y Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintisiete días del mes de Diciembre de dos mil diecinueve .-
Sr. Ezequiel Baima Dr. Gustavo Paschetta
Secretario del H.C.M. Presidente del H.C.M.