VISTO:

El Digesto Municipal de la página web del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, y;

CONSIDERANDO:

Que en el año 2022 con la conformación de la página web del Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de San Jorge: https://www.concejosanjorge.com.ar/ , se comenzó a cargar toda la documentación pública del proveniente de dicho órgano legislativo como ser: a.- Minutas de Comunicación, b.- Resoluciones, c.- Declaraciones y d.- Ordenanzas; desde el 10 de diciembre del año 2019 y con el objetivo de continuar toda aquella con anterioridad sancionada.

Que un Digesto Municipal es la compilación de la normativa municipal con el fin de poner orden para dejar en claro la que está en vigor, utilizando una base de datos para identificarlas, describirlas y rescatarlas. Por lo que, dicha definición, también implica la información pública generada por el Departamento Ejecutivo Municipal, para que al igual que sucede con la información del Honorable Concejo Municipal pueda ser de acceso total por los contribuyentes de nuestra comunidad.

Que asimismo, la Ley Nacional N° 27.275 “Derecho de acceso a la información pública” tiene como objetivo “garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública” como otras de índole nacional y provincial que velan por los intereses de acceso a toda la información pública y que son de carácter obligatorio.

Que los Decretos del Departamento Ejecutivo Municipal son actos administrativos y de gobierno con validez que deberían ser de acceso y consulta pública.

 

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de San Jorge, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y su Propio Reglamento Interno, emite la siguiente:

 

 

                                 

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN

 

Art. 1°): Se envíen para su posterior incorporación al DIGESTO MUNICIPAL los DECRETOS emitidos por el DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL que tengan vigencia al día de la fecha, como los posteriores que se realicen, para el total acceso a la información pública de los contribuyentes de San Jorge.

Art. 2°): Comuníquese, Publíquese, Dese Copia al Registro Municipal y Archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de San Jorge, Ciudad Sanmartiniana, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los cuatro días del mes de Abril de dos mil veinticuatro.-

 

 

 

 

 

Sr. Andrés Rosetti                                                                          Sr. Gustavo Paschetta

Secretario del H.C.M.                                                                     Presidente del H.C.M.

 

 

Descargar legislación: Nº 774 DIGESTO MUNICIPAL